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EDICTO del Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Zaragoza, relativo a divorcio contencioso 116/2005.

Publicado el 23/09/2005 (Nº 114)
Sección: BOA IV. Administración de Justicia -
Emisor: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA

Texto completo:

EDICTO del Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Zaragoza, relativo a divorcio contencioso 116/2005.

En nombre de S. M. don Juan Carlos I, Rey de España.

En Zaragoza, a 9 de septiembre de 2005.

El Ilmo. Sr. don Francisco Javier Forcada Miranda, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de los de esta capital, ha visto los presentes autos seguidos en este Juzgado bajo el número 116/05-C entre partes, de una y como parte demandante, María Pilar Parra Carnicer, mayor de edad, y que ostenta DNI número 17.735.945 y que reside en calle Santiago Lapuente número 11, 4º derecha de Zaragoza, representado por el procurador Ana María Sanz Foix y asistido por el letrado Inmaculada Auría Idoipe y de otra y como parte demandada Luis Benito Bueno Vicioso, mayor de edad y que ostenta DNI número 25.437.710 y que está en ignorado paradero, incomparecido en el proceso y declarado en situación procesal de rebeldía y sobre divorcio con oposición y demás pedimentos conexos y en atención a los siguientes y numerados:

Fallo: Que estimo en la forma relatada la demanda interpuesta por María Pilar Parra Carnicer contra Luis Benito Bueno Vicioso y decreto la disolución por causa de divorcio del matrimonio indicado con los efectos inherentes a tal declaración y sin hacer especial declaración de culpabilidad respecto a ninguno de ellos. No procede imposición de costas a ninguna de las partes.

Firme que sea esta resolución, comuníquese de oficio al encargado del Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio de los cónyuges litigantes para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento correspondiente.

Al notificarse esta sentencia a las partes, hágaseles saber que, contra la presente sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia provincial de Zaragoza, el que deben preparar ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

La presente sentencia quedará depositada y debidamente coleccionada en el libro de sentencias de este Juzgado de Primera Instancia número 6 de Familia de Zaragoza bajo la custodia del Secretario Judicial y de la que se dejará certificación literal en los autos de los que dimana.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Zaragoza, 9 de septiembre de 2005.-El Secretario judicial.